La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable recuerda que hasta el 1 de noviembre, inclusive, regirá la extensión de plazo para la pesca deportiva con devolución obligatoria para el río Bermejo y sus afluentes.
La Resolución Nº 821/2026 emitida por el organismo, autorizó a modificar con carácter de excepcional y por única vez, el régimen establecido para el curso de agua, estableciendo que a partir del lunes 2 de noviembre del corriente año, comenzará la veda total para la actividad hasta el 1 de febrero de 2027.
La normativa vigente contempla que hasta la finalización del período de pesca deportiva, todos los ejemplares capturados deberán ser devueltos de inmediato a su hábitat natural para preservar la fauna íctica, quedando estrictamente prohibida su extracción, retención, transporte o sacrificio.
Durante la veda, los pescadores deberán abstenerse de practicar la actividad en la zona.

