A tal efecto, se emitió una resolución que destaca la obligatoriedad de proponer programas de sensibilización y capacitación, en la evaluación y aprobación de los Informes de Impacto Ambiental y Social.
La Secretaría de Minería y Energía del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable emitió la Resolución 008/23, que impulsa la incorporación de la perspectiva de género en la evaluación y aprobación de los Informes de Impacto Ambiental y Social, para el sector minero.
La normativa establece la obligatoriedad de proponer programas de sensibilización y capacitación, con el objetivo de erradicar la violencia contra las mujeres y garantizar igualdad en el acceso al trabajo, promoción profesional, permanencia laboral y remuneración equitativa por igual tarea.
La iniciativa enfatiza el respeto al principio de no discriminación en diversas instancias, incluyendo el acceso al puesto de trabajo, la carrera profesional, la permanencia en el empleo y el derecho a una igual remuneración por igual tarea o función.
Esta medida se emitió en concordancia con los lineamientos del Plan Provincial para el Desarrollo Minero Sustentable 2030, que específicamente en el eje 10, de Minería Inclusiva, aborda la perspectiva de género como una política pública que promueve el trabajo conjunto con diversos sectores, con la finalidad de lograr una transformación real y positiva en la industria. Además, reconoce que la construcción de igualdad y diversidad es un proceso social que garantiza la movilidad social ascendente para hombres y mujeres en el sector minero.
La resolución se vincula también, con la Ley 26.485/2009, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.