Requisitos para la inscripción de Consultores Individuales/Firmas Consultoras en EsIAys

Trámites, servicios o áreas

Requisitos para la inscripción de Consultores Individuales/Firmas Consultoras en EsIAys

¿A quién está dirigido?

Profesionales de todas las áreas y firmas consultoras que realizan Estudios de Impacto Ambiental, Declaraciones Juradas de Aptitud Ambiental e Informes Auditados para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental de una obra o actividad en el marco de la Ley N° 7070

 

 ¿Qué necesito?

Registro Actualizado de Consultores Individuales y Firmas Consutoras en EsIAyS

A.- Categoría Consultores Individuales
A1 Inscripción:
A11 Requisitos de inscripción Consultores Individuales


A12 Formulario Consultores Individuales

A2. Renovación:
A21 Requisitos de renovación de inscripción Consultores Individuales


A12 Formulario Consultores Individuales

 

B.- Categoría Firmas Consultoras
B1 Inscripción:
B11 Requisitos de inscripción Firmas Consultoras


B12 Formulario Firmas Consultoras

B2. Renovación
B21 Requisitos de renovación de inscripción Firmas Consultoras


B22 Formulario Firmas Consultoras

 

 ¿Cómo hago?

  El solicitante debe presentar ante mesa de entrada la totalidad de la documentación solicitada.

  En caso que la Secretaría necesite aclaraciones o documentación adicional, se notifica por mail a la dirección electrónica declarada en el Formulario de Inscripción.

  Una vez que la documentación está completa, la Secretaría emite una Resolución de inscripción que tiene validez por dos años, la cual se notifica al profesional mediante cédula de notificación .

IMPORTANTE: La sola presentación de la documentación no implica la inscripción en el Registro.

 

  Lugar donde realizarlo y datos de contacto

Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable – Programa de Registros Ambientales

 

  Costos

Consultores Individuales: Inscripción $ 8500 / Renovación de inscripción $ 4500
Firmas Consultoras: Inscripción $ 28500 / Renovación de inscripción $ 14500

  Vigencia

La inscripción en el Registro tiene una vigencia de dos años a partir de la fecha de cada Resolución de inscripción. Treinta días antes de su vencimiento el interesado debe iniciar el trámite de renovación presentado la documentación que necesite actualización, caso contrario se procede a la baja del registro.

Descargas

 

BUSCAR AQUÍ